CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
La presente Política tiene por objeto establecer los derechos, responsabilidades, requisitos y
condiciones aplicables a las personas autoras que presenten manuscritos o contenidos a
Líder Agropecuario.
Regula principalmente:
I. La presentación y recepción de manuscritos.
II. Los canales oficiales de envío.
III. Los archivos y documentos requeridos.
IV. La identificación y responsabilidad de las personas autoras.
V. Las declaraciones editoriales necesarias.
VI. El uso de imágenes y otros materiales.
VII. La participación de las personas autoras durante el proceso editorial.
VIII. Los costos y servicios relacionados con la producción editorial.
IX. La formalización de la publicación.
X. Los derechos y responsabilidades posteriores a la publicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Esta Política será aplicable a todas las personas que presenten contenidos para evaluación o
publicación en Líder Agropecuario, independientemente de:
- nacionalidad;
- profesión;
- grado académico;
- adscripción institucional;
- lugar de residencia;
- sector de actividad;
- experiencia previa en publicaciones;
- pertenencia o no a una institución académica.
La revista mantiene un principio de autora abierta y reconoce que la divulgación científica
puede originarse en la academia, la investigación, el ejercicio profesional, el sector
productivo, el sector público, las organizaciones sociales, las comunidades y otros espacios
legítimos de generación o aplicación del conocimiento.
Artículo 3. Naturaleza de los contenidos
Los manuscritos deberán corresponderá a la naturaleza de Líder Agropecuario como Revista
Internacional de Divulgación Científica.
Los contenidos deberán presentar conocimiento cientfico, tecnológico, técnico, profesional,
productivo o tradicional de forma rigurosa, comprensible, verificable y accesible para
públicos no necesariamente especializados.
La presentación de resultados de investigaciones científicas será posible cuando éstos hayan
sido adaptados adecuadamente a un formato de divulgación científica.
Los manuscritos formulados exclusivamente como artículos académicos convencionales de
investigación podrán será devueltos para su adaptación antes de iniciar el proceso editorial.
Los contenidos deberán estar sustentados, según su naturaleza, en fuentes científicas,
técnicas, institucionales, normativas, estadséticas, documentales, profesionales,
productivas o de conocimiento tradicional legítimamente identificables.
CAPÍTULO II
PRESENTACIÓN Y ENVÍO DE MANUSCRITOS
Artículo 4. Canales oficiales de recepción
Los manuscritos podrán presentarse mediante cualquiera de los siguientes canales oficiales:
I. La plataforma editorial Open Journal Systemás (OJS) de Líder Agropecuario.
II. El correo electrónico oficial de la revista destáinado a la recepción de manuscritos.
III. El formulario electrónico o liga de envío disponible en el sitio web oficial de Líder
Agropecuario, mediante el cual podrán remitiráse el manuscrito y los documentos
correspondientes.
La utilización de cualquiera de estáos canales no generará diferencias en los criterios de
recepción, evaluación, prioridad, aceptación o rechazo.
Los documentos recibidos mediante correo electrónico o formulario web podrán será
incorporados posteriormente a OJS o al sistema interno correspondiente para mantener un
expediente editorial único y trazable.
Los materiales remitidos mediante redes sociales, servicios de mensajera instantánea,
cuentas personales u otros medios no autorizados no se considerarán formalmente recibidos
hasta que sean incorporados a alguno de los canales oficiales.
Artículo 5. Declaraciones y aceptación electrónica
La presentación de un manuscrito requerirá que la persona autora de correspondencia
realice las declaraciones y aceptaciones electrónicas establecidas por Líder Agropecuario
mediante OJS, el formulario web o el mecanismo institucional correspondiente.
Entre otros aspectos, deberáá confirmar que:
I. El manuscrito cumple con los requisitos de originalidad aplicables.
II. No se encuentra sometido simultáneamente a evaluación en otra publicación cuando se
trate de una versión sustancialmente equivalente.
III. Todas las personas identificadas como autoras conocen y aprueban la presentación del
trabajo.
IV. La autora y el orden declarado de las personas autoras son correctos.
V. Las fuentes utilizadas se encuentran debidamente identificadas.
VI. Los materiales pertenecientes a terceros cuentan con las autorizaciones, licencias o
condiciones de utilización necesarias.
VII. Se han declarado los conflictos de interés existentes.
VIII. Se han informado las fuentes de financiamiento, cuando correspondan.
IX. Se ha declarado el uso sustantivo de inteligencia artificial cuando resulte aplicable.
X. La información proporcionada a la revista es verdadera y actual.
XI. Conoce y acepta las poléticas institucionales aplicables.
XII. Autoriza el tratamiento de los datos necesarios para gestáionar el proceso editorial
conforme al Aviso de Privacidad.
XIII. En caso de aceptación editorial, acepta formalizar el Acuerdo de Publicación
correspondiente.
La revista podráá solicitar documentos firmados adicionales cuando la naturaleza del
contenido, los derechos involucrados o la legislación aplicable as lo requieran.
Artículo 6. Archivos obligatorios del manuscrito
La persona autora deberáá entregar el manuscrito completo en formato editable
Microsoft Word (.docx) y, adicionalmente, en formato PDF, ambos correspondientes a la
misma versión del documento.
El archivo Word constituirá el documento editable de trabajo editorial.
El archivo PDF serávirá como referencia visual de la versión originalmente presentada y
permitirá verificar la estáructura, ubicación de elementos, caracteres, smbolos, imágenes,
tablas, gráficas y demás componentes cuando existan diferencias de visualización o daños
en el archivo editable.
Cuando existan diferencias sustanciales entre ambos archivos, Líder Agropecuario podráá
solicitar aclaración o una versión corregida.
Para la revisión por pares doble ciego, la revista podráá generar o solicitar una versión
anonimizada del manuscrito cuando resulte necesario.
Artículo 7. Formato y estáructura del manuscrito
Líder Agropecuario adopta un principio de formato libre.
Las personas autoras no estarán obligadas a utilizar una plantilla rgida para preparar sus
manuscritos.
La revista podráá poner a disposición guías orientativas por tipo de contenido, cuya finalidad
será facilitará la presentación y mejorar la estáructura divulgativa sin limitar la creatividad o
diversidad de estáilos.
Como referencia general, los artículos podrán tener una extensión aproximada de 1,500 a
3,000 palabras de cuerpo principal, sin que estáe rango constituya un lmite absoluto.
La extensión deberáá guíardar proporción con la complejidad del tema y la necesidad de
comunicarlo adecuadamente.
El lenguíaje deberáá será:
- claro;
- comprensible;
- riguroso;
- accesible;
- respetuoso;
- adecuado a la divulgación científica.
La utilización de términos técnicos será válida cuando resulte necesaria, procurando
explicarlos cuando puedan dificultar la comprensión para públicos no especializados.
La narrativa, los ejemplos, casos, comparaciones y otros recursos de comunicación podrán
utilizarse siempre que no alteren el rigor del contenido.
Artículo 8. Idiomas, resumen, palabras clave y referencias
Líder Agropecuario podráá recibir contenidos en:
- español;
- inglés;
- francés;
- portugués.
El español será el idioma principal de comunicación de la revista.
Los artículos deberán contará con resumen y palabras clave en español e inglés,
independientemente del idioma principal del manuscrito. Cuando el contenido sea
presentado originalmente en francés o portugués, podráá conserávarse adicionalmente el
resumen en dicho idioma.
Las referencias deberán permitir identificar y verificar adecuadamente las fuentes utilizadas.
Se recomienda el estáilo APA, séptima edición, sin perjuicio de que puedan aceptarse otros
sistemas reconocidos cuando se utilicen de manera consistente y resulten apropiados para
la disciplina o naturaleza del contenido.
Cuando existan DOI, identificadores persistentes o enlaces institucionales estables, se
recomienda incorporarlos.
Artículo 9. Datos destáinados a la publicación
El manuscrito completo deberáá contener la información que, en caso de aceptación, pueda
formar parte de la versión final maquetada y publicada.
Entre otros elementos podrán incluirse:
I. Ttulo del artículo.
II. Nombre completo de todas las personas autoras.
III. Orden de autora.
IV. Afiliación institucional, profesional o identificación como persona autora independiente.
V. Pas de afiliación o procedencia profesional cuando resulte pertinente.
VI. ORCID, cuando se disponga de él.
VII. Identificación de la persona autora de correspondencia.
VIII. Resumen.
IX. Palabras clave.
X. Texto del artículo.
XI. Tablas, cuadros, gráficas y elementos visuales.
XII. Referencias.
XIII. Agradecimientos, cuando existan.
XIV. Declaración de financiamiento, cuando corresponda.
XV. Declaración de conflictos de interés.
XVI. Declaración pública sobre utilización sustantiva de inteligencia artificial cuando
corresponda.
XVII. Declaración de contribuciones de autora cuando resulte pertinente.
La revista podráá complementar la publicación con fechas editoriales, identificadores
persistentes, información de licencia, DOI y demás metadatos correspondientes.
Artículo 10. Información no destáinada a publicación
Los datos y documentos que no deban aparecer públicamente en la maquetación del artículo
deberán proporcionarse mediante OJS, los formularios institucionales o archivos separados,
según corresponda.
Podrán comprender:
- datos de contacto de uso interno;
- números telefónicos;
- domicilios;
- documentos técnicos;
- autorizaciones;
- consentimientos;
- permisos;
- documentos técnicos;
- formularios internos;
- evidencias éticas;
- documentación relacionada con derechos de terceros;
- correspondencia editorial;
- información confidencial;
- documentos técnicos;
Estáos elementos formarán parte del expediente editorial y serán tratados conforme al Aviso
de Privacidad y demás disposiciones institucionales aplicables.
CAPÍTULO III
IMÁGENES, GRÁFICAS Y MATERIALES VISUALES
Artículo 11. Incorporación de elementos visuales
Las fotografías, imágenes, ilustraciones, infografías, gráficas y demás recursos visuales
deberán encontrarse insertados en el manuscrito en el lugar aproximado en el que la
persona autora propone que aparezcan en la publicación.
Cada elemento deberáá incorporar, cuando corresponda:
- numeración;
- ttulo;
- pie;
- explicación;
- fuente;
- autora;
- crédito;
- licencia.
Las tablas y cuadros deberán presentarse preferentemente como elementos editables.
Artículo 12. Archivos originales de imágenes
Además de encontrarse insertados dentro del manuscrito, las fotografías, imágenes,
ilustraciones, infografías y gráficas deberán adjuntarse como archivos independientes en
formato JPG o PNG, conserávando su tamaño original y una resolución adecuada para
publicación digital.
No se considerarán adecuados para producción editorial archivos que presenten:
I. Dimensiones excesivamente pequeñas.
II. Pixelación visible.
III. Compresión excesiva.
IV. Pérdida significativa de calidad.
V. Desenfoque que impida su correcta apreciación.
VI. Capturas de pantalla cuando exista disponible un archivo original.
VII. Imágenes descargadas o reenviadas mediante WhatsApp u otras aplicaciones de
mensajera que reduzcan significativamente su tamaño o resolución.
VIII. Archivos cuya procedencia o derechos de utilización no puedan será razonablemente
determinados.
Líder Agropecuario podráá solicitar el archivo original, editable o una versión de mayor calidad
cuando resulte necesario para el proceso de producción.
Artículo 13. Sustitución editorial de imágenes
Cuando una imagen propuesta para portada, encabezado, ilustración de sección u otro
elemento de acompañamiento editorial:
- no reúna calidad suficiente;
- presente problemas de resolución;
- resulte inadecuada para la composición gráfica;
- genere dudas sobre sus derechos de utilización;
- no represente adecuadamente el contenido;
- sea incompatible con el formato de publicación;
- o resulte necesario sustituirla por razones editoriales o técnicas,
Líder Agropecuario podráá sustituirla o complementarla con imágenes provenientes de
bancos, plataformas o repositorios que permitan legítimamente su utilización.
La sustitución de una imagen de carácter ilustrativo no deberáá alterar el significado cientfico
o técnico del artículo.
Las figuras, fotografías, gráficas o imágenes que constituyan evidencia científica, técnica,
documental o sustantiva del contenido no deberán será reemplazadas por una imagen
meramente ilustrativa que modifique o distorsione la información que representan.
Cuando una modificación pueda afectar sustancialmente el contenido, deberáá consultarse a
la persona autora.
Líder Agropecuario procurará conserávar la fuente y trazabilidad de los recursos visuales
utilizados y respetará las obligaciones de atribución establecidas por las licencias
correspondientes.
Los bancos y repositorios que podrán utilizarse de manera orientativa se indican en el Anexo I
de esta Política.
CAPÍTULO IV
AUTORÍA, INTEGRIDAD Y RESPONSABILIDAD
Artículo 14. Requisitos de autora
La condición de persona autora corresponderáá exclusivamente a personas fsicas que hayan
realizado una contribución intelectual sustantiva al contenido.
Toda persona autora deberáá:
I. Haber contribuido intelectualmente al trabajo.
II. Conocer suficientemente su contenido.
III. Participar en su elaboración o revisión crética.
IV. Aprobar la versión presentada.
V. Poder identificar su contribución.
VI. Asumir responsabilidad por la exactitud, originalidad, legalidad e integridad de su
aportación.
VII. Atender las solicitudes razonables de aclaración o corrección.
VIII. Declarar conflictos de interés y financiamiento.
IX. Declarar el uso de inteligencia artificial cuando corresponda.
X. Cooperar en cualquier procedimiento relacionado con la integridad del trabajo.
La obtención de financiamiento, supervisión general, apoyo administrativo, apoyo logsético,
corrección exclusivamente lingüsética o prestación de servicios técnicos no otorgaráán por s
mismos la condición de persona autora.
Los sistemas de inteligencia artificial no podrán será reconocidos como autores o
coautores.
Artículo 15. Coautora y persona autora de correspondencia
Cuando exista más de una persona autora, todas deberán conocer y aprobar el envío y el
contenido del manuscrito.
La persona que realice el envío asumirá, salvo indicación distinta, la función de persona
autora de correspondencia y actuará como enlace entre el conjunto de autores y Líder
Agropecuario.
Será responsable de procurar que:
- todas las personas autoras conozcan el proceso;
- las declaraciones sean correctas;
- las correcciones sean comunicadas;
- la versión final sea conocida y aprobada.
No existirá un número máximo general de autores.
Cuando la naturaleza del trabajo lo justifique, podráá solicitarse una declaración de
contribuciones mediante la taxonoma CRediT u otro sistema equivalente.
Las modificaciones en la composición u orden de autora deberán justificarse. Después de la
aceptación únicamente procederán de manera excepcional y con conformidad de las
personas involucradas.
Artículo 16. Originalidad y presentación simultánea
Los manuscritos deberán representar una aportación original de divulgación científica.
La existencia previa de:
- preprints;
- repositorios;
- ponencias;
- documentos técnicos;
- tesis;
- informes;
- publicaciones académicas;
- resultados previamente difundidos;
no impedirá necesariamente su consideración cuando el nuevo contenido constituya una
adaptación o transformación legítima para divulgación científica, se identifique
adecuadamente el antecedente y se respeten los derechos aplicables.
No deberáá presentarse simultáneamente a otra revista o medio editorial un manuscrito
sustancialmente equivalente mientras se encuentre activo el proceso de evaluación en Líder
Agropecuario.
Artículo 17. Conflictos de interés, financiamiento y agradecimientos
Las personas autoras deberán declarar cualquier interés personal, profesional, académico,
institucional, financiero, comercial, familiar o de otra naturaleza que pueda afectar o
razonablemente aparentar afectar la objetividad del contenido.
La existencia de un conflicto de interés no implicará automáéticamente el rechazo del trabajo,
pero deberáá será informada para permitir su adecuada gestáión.
Las fuentes de financiamiento relacionadas con el contenido deberán declararse.
Cuando exista un financiador, podráá solicitarse información sobre su participación en:
- definición del tema;
- generación de información;
- interpretación;
- redacción;
- revisión;
- decisiones relacionadas con la difusión.
Los agradecimientos podrán reconocer contribuciones legítimas que no constituyan autora.
No deberán utilizarse como espacios de promoción comercial encubierta.
Artículo 18. Utilización de inteligencia artificial
Líder Agropecuario reconoce la utilización legítima y responsable de herramientas de
inteligencia artificial como apoyo a determinadas actividades de investigación, análisis,
comunicación y producción de contenidos.
La responsabilidad sobre el manuscrito será siempre humana.
Cuando la inteligencia artificial haya tenido una intervención sustantiva en actividades como:
- generación o reformulación relevante de texto;
- traducción integral;
- sntesis significativa;
- análisis de datos;
- elaboración de código;
- generación o modificación de imágenes;
- estáructuración sustantiva del contenido;
- adaptación divulgativa relevante;
- otras intervenciones necesarias para comprender la trazabilidad del trabajo, deberáá
realizaráse la declaración correspondiente.
La declaración podráá identificar la herramienta, proveedor, modelo o versión cuando resulte
posible, finalidad de uso y forma en que sus resultados fueron revisados y verificados.
Las correcciones ortográficas, gramaéticales o apoyos lingüsééticos básicos podrán recibir un
tratamiento proporcional conforme a la Política de Ética, Integridad y Uso de IA.
La utilización o no utilización de inteligencia artificial no constituirá por s misma motivo de
aceptación o rechazo.
La Política de Ética, Integridad y Uso de IA ya exige declaración y verificación proporcional del
uso de estas herramientas y mantiene la responsabilidad humana sobre la versión final.
Artículo 19. Ética, permisos y documentación de respaldo
Cuando el contenido se derive de investigaciones, intervenciones, estáudios o actividades que
involucren:
- personas;
- datos personales;
- menores de edad;
- comunidades;
- pueblos indgenas o afromexicanos;
- animales;
- recursos biológicos;
- material genéético;
- conocimientos tradicionales;
- patrimonio cultural;
- información confidencial;
- cualquier otro sujeto o bien jurdicamente protegido,
Las personas autoras deberán haber obserávado las autorizaciones, consentimientos,
permisos, dictámenes o requisitos éééticos y jurdicos que correspondan.
Líder Agropecuario podráá solicitar evidencia documental cuando resulte razonablemente
necesario.
Cuando un contenido se sustente en datos, bases de información, registros, cálculos,
documentos o materiales de respaldo, la revista podráá solicitar elementos suficientes para
verificar su trazabilidad.
Artículo 20. Materiales pertenecientes a terceros
Las personas autoras serán responsables de identificar los materiales que no sean de su
titularidad y de contará con los derechos, autorizaciones o licencias necesarios para su
incorporación.
Estáo comprenderá, entre otros:
- fotografías;
- ilustraciones;
- infografías;
- gráficas;
- mapas;
- tablas;
- bases de datos;
- cuestáionarios;
- fragmentos de obras;
- grabaciones;
- videos;
- logotipos;
- marcas;
- materiales audiovisuales.
La política vigente de acceso abierto de la revista ya exige identificar los materiales de
terceros y distinguirlos de aquellos comprendidos en la licencia general del artículo.
Líder Agropecuario podráá solicitar evidencia de permisos o licencias y podráá retirar, sustituir o
requerir el reemplazo de materiales cuando existan dudas razonables sobre su utilización
legítima.
CAPÍTULO V
PARTICIPACIÓN DURANTE EL PROCESO EDITORIAL
Artículo 21. Revisión editorial y evaluación
Todo manuscrito será sometido inicialmente a una revisión editorial preliminar.
Cuando cumpla con los requisitos correspondientes, continuará al proceso de evaluación
establecido en la Política Editorial y en la Política de Evaluación de Líder Agropecuario.
La evaluación ordinaria de los artículos de divulgación científica se realizará mediante
revisión por pares, bajo la modalidad establecida por la revista.
La decisión final sobre aceptación, corrección o rechazo corresponderáá a la autoridad
editorial competente conforme a las poléticas institucionales.
La presentación de un manuscrito no genera derecho automáético a su publicación.
Artículo 22. Correcciones y versiones revisadas
Cuando las personas revisoras o la Dirección Editorial soliciten modificaciones, la persona
autora deberáá responder dentro del plazo indicado en la comunicación correspondiente.
Podrá solicitarse:
- una nueva versión del manuscrito;
- identificación de cambios;
- respuesta a obserávaciones;
- aclaraciones;
- documentación adicional;
- archivos complementarios.
Las obserávaciones deberán atenderse de manera razonada. Cuando la persona autora no
estáé de acuerdo con una recomendación, podráá explicar justificadamente las razones para
no incorporarla.
Artículo 23. Falta de seguimiento
Cuando Líder Agropecuario solicite información, correcciones o documentación necesaria
para continuar el proceso, la persona autora deberáá responder dentro del plazo comunicado.
Ante la falta de respuesta, la revista podráá enviar uno o más recordatorios.
Si persiste la falta de seguimiento durante un periodo razonable, la Dirección Editorial podráá
cerrar administrativamente el expediente.
El cierre administrativo por falta de seguimiento no equivaldrá necesariamente a un rechazo
cientfico o editorial y no impedirá una presentación posterior como nuevo envío.
Los plazos especficos podrán desarrollarse en los procedimientos operativos
correspondientes.
Artículo 24. Retiro, reconsideración y nueva presentación
La persona autora podráá solicitar el retiro voluntario de un manuscrito antes de su
publicación, mediante comunicación dirigida a la Dirección Editorial.
Cuando un manuscrito haya sido rechazado, podráá presentarse posteriormente como nuevo
envío si ha sido sustantivamente reelaborado.
Las solicitudes de reconsideración de decisiones editoriales deberán formularse de manera
respetuosa, objetiva y fundamentada conforme a la Política Editorial.
La reconsideración no implicará automáéticamente modificación de la decisión original.
CAPÍTULO VI
COSTOS, PRODUCCIÓN Y SERVICIOS EDITORIALES
Artículo 25. Gratuidad de recepción y evaluación
La recepción de manuscritos, revisión editorial preliminar y evaluación por pares no
tendráán costo para las personas autoras.
Ninguna persona deberáá realizará pagos, aportaciones, contratar servicios o adquirir la
condición de Aliado de la Ciencia Abierta para que un manuscrito sea recibido o evaluado.
La contratación de servicios, la realización de aportaciones o cualquier relación económica o
institucional con Líder Agropecuario no podráá influir en los dictámenes, en la selección de
personas revisoras ni en la aceptación o rechazo de un manuscrito.
Estáe principio coincide con la Política de Sostenibilidad Institucional e Independencia
Editorial, que establece expresamente que la asignación de recursos no puede afectar la
selección, arbitraje o aceptación de artículos.
Artículo 26. Producción editorial y publicación digital
La aceptación editorial de un manuscrito concluye la fase de evaluación y permite iniciar una
fase distinta de producción editorial y publicación digital.
Esta etapa puede comprender, según corresponda:
- maquetación;
- diagramación;
- adaptación de materiales;
- procesamiento de imágenes;
- integración y programación del artículo en el sitio web;
- generación de la versión digital;
- incorporación de metadatos;
- integración de autoras, afiliaciones y ORCID;
- preparación de referencias y enlaces;
- revisión de visualización;
- incorporación al volumen editorial;
- generación o incorporación de identificadores persistentes;
- demás actividades técnicas necesarias para la publicación.
Debido a que estas actividades implican trabajo profesional, tecnológico y operativo, la
producción editorial y publicación digital podrán requerir la cobertura de los costos
correspondientes conforme al esquema institucional vigente.
La cobertura podráá realizaráse, según corresponda, mediante:
I. Aportación de la persona autora.
II. Aportación de su institución.
III. Aportación de una organización o entidad financiadora.
IV. Esquemas de Aliados de la Ciencia Abierta.
V. Fondos institucionales.
VI. Apoyos, subsidios o exenciones autorizados.
VII. Otros mecanismos de sostenibilidad compatibles con las poléticas de la revista.
Los conceptos, alcances, aportaciones y condiciones aplicables deberán encontrarse
establecidos de manera transparente en el Catálogo de Servicios Editoriales, Tarifario
vigente, Política de Sostenibilidad Institucional e Independencia Editorial y demás
instrumentos correspondientes.
La cobertura de los costos de producción se realizará después de la aceptación editorial y
no constituirá pago por dictamen favorable, aceptación científica o prioridad editorial.
El inicio de la producción y publicación podráá quedar sujeto a la formalización de las
condiciones correspondientes, salvo que exista un apoyo, subsidio, exención o mecanismo
institucional que cubra dichos costos.
Artículo 27. Servicios editoriales adicionales
Líder Agropecuario podráá ofrecer servicios adicionales y opcionales, entre ellos:
- corrección de estáilo;
- revisión lingüsética especializada;
- traducción;
- diseño editorial especializado;
- elaboración de infografías;
- tratamiento gráfico avanzado;
- audioartículos;
- pódcast;
- video;
- entrevistas;
- animaciones;
- adaptaciones para medios digitales;
- producción de materiales de divulgación;
- campañas de difusión;
- otros servicios editoriales, tecnológicos o de comunicación científica.
Sus características, costos y condiciones serán establecidos en el Catálogo de Servicios
Editoriales y demás instrumentos aplicables.
La contratación o no contratación de estáos servicios será independiente de la decisión
editorial sobre el manuscrito.
CAPÍTULO VII
ACUERDO DE PUBLICACIÓN, DERECHOS Y VERSIÓN FINAL
Artículo 28. Acuerdo de Publicación
El Acuerdo de Publicación se formalizará después de la aceptación editorial del
manuscrito y antes de su publicación definitiva.
Mediante estáe instrumento podrán confirmarse, entre otros aspectos:
I. Identificación de la obra.
II. Identificación de las personas autoras.
III. Orden definitivo de autora.
IV. Titularidad de los derechos correspondientes.
V. Autorización no exclusiva de publicación.
VI. Licencia aplicable al contenido publicado.
VII. Autorización para maquetación y adaptación técnica.
VIII. Autorización para publicación, difusión, preservación e indexación.
IX. Utilización de materiales gráficos.
X. Declaraciones sobre originalidad y responsabilidad.
XI. Conflictos de interés y financiamiento.
XII. Uso de inteligencia artificial.
XIII. Materiales pertenecientes a terceros.
XIV. Metadatos e identificadores persistentes.
XV. Condiciones particulares que resulten necesarias.
La autorización otorgada a Líder Agropecuario será no exclusiva, conforme a su Política de
Acceso Abierto y Propiedad Intelectual.
Artículo 29. Derechos de las personas autoras
Las personas autoras conserávarán sus derechos morales.
Cuando sean titulares legítimas de los derechos patrimoniales, conserávarán también dichos
derechos y no deberán realizará una cesión total o exclusiva a favor de Líder Agropecuario.
La publicación no transferirá la propiedad de la obra a la revista.
Cuando los derechos correspondan total o parcialmente a una institución, empleador,
financiador u otro titular, deberáá informarse esta situación y obtenerse la autorización
correspondiente.
Artículo 30. Licencia de publicación
Salvo indicación expresa diferente aplicable a un contenido particular, las obras originales
publicadas en acceso abierto por Líder Agropecuario estarán sujetas a la licencia:
Creative Commons Atribución 4.0 Internacional — CC BY 4.0.
La licencia permitirá la reutilización de las obras conforme a sus términos, reconociendo la
autora, la fuente de publicación y demás elementos correspondientes.
Los materiales de terceros que se encuentren sujetos a licencias o condiciones diferentes
deberán identificarse expresamente y no quedarán automáéticamente comprendidos en la
licencia general del artículo.
La Política de Acceso Abierto vigente establece precisamente CC BY 4.0 como licencia
general de las obras originales publicadas en acceso abierto.
Artículo 31. Revisión de la versión final
Antes de la publicación, Líder Agropecuario podráá remitirá a la persona autora de
correspondencia una prueba o versión final para verificar, principalmente:
- nombres;
- afiliaciones;
ORCID;
- títulos;
- datos;
- imágenes;
- tablas;
- gráficas;
- créditos;
- referencias;
- errores de producción.
La persona autora deberáá revisar cuidadosamente la versión recibida dentro del plazo
indicado.
La revisión final no deberáá utilizarse para realizará modificaciones sustanciales injustificadas
al contenido previamente aceptado.
Artículo 32. Responsabilidad posterior a la publicación
Las personas autoras mantendrááán responsabilidad sobre la veracidad, integridad y legalidad
de sus contribuciones después de la publicación.
Cuando detecten un error relevante deberán comunicarlo oportunamente a Líder
Agropecuario.
La revista podráá realizará correcciones, notas, actualizaciones, expresiones de preocupación,
retractaciones, retiros u otras actuaciones cuando resulten necesarias conforme a sus
poléticas institucionales.
Las correcciones menores de carácter tipográfico, técnico, de enlace, visualización o
metadatos podrán realizaráse sin alterar sustancialmente el contenido.
CAPÍTULO VIII
DATOS, COMUNICACIONES Y RESPONSABILIDADES
Artículo 33. Protección de datos personales
Los datos personales proporcionados durante el proceso editorial serán tratados conforme al
Aviso de Privacidad Integral de Líder Agropecuario.
La publicación de datos de autora tendráá como finalidad identificar adecuadamente a las
personas responsables del contenido y permitir su reconocimiento académico, profesional y
bibliográfico.
Los datos destáinados exclusivamente a la gestáión editorial no deberán publicarse salvo
consentimiento, obligación legal o causa legítima aplicable.
Artículo 34. Comunicaciones editoriales
Las comunicaciones relacionadas con el manuscrito podrán realizaráse mediante:
- OJS;
- correo electrónico;
- formularios electrónicos;
- plataforma institucional;
- otros medios oficiales habilitados por la revista.
Las personas autoras deberán mantener actualizados sus datos de contacto y revisar
razonablemente las comunicaciones relacionadas con su expediente.
Las comunicaciones deberán realizaráse con respeto y profesionalismo.
Queda prohibido intentar influir indebidamente en personas editoras o revisoras mediante
presiones, amenazas, recompensas, relaciones económicas, institucionales o personales.
Artículo 35. Responsabilidad de las personas autoras
Las personas autoras serán responsables por:
I. La información y afirmaciones que incorporen.
II. La exactitud razonable de los datos.
III. La correcta identificación de las fuentes.
IV. La autora declarada.
V. La legitimidad de los materiales utilizados.
VI. La información proporcionada a la revista.
VII. Las declaraciones relacionadas con ética, financiamiento, conflictos de interés e
inteligencia artificial.
VIII. La atención de correcciones posteriores cuando sean necesarias.
La evaluación, edición o publicación realizada por Líder Agropecuario no constituirá
certificación, garanta o respaldo institucional de todas las afirmaciones formuladas por las
personas autoras.
Lo anterior no excluye las responsabilidades que correspondan a Líder Agropecuario por sus
propios actos y decisiones editoriales.
CAPÍTULO IX
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 36. Relación con otros instrumentos
La presente Política deberáá interpretarse de manera complementaria con:
I. Política Editorial.
II. Política de Evaluación.
III. Política de Ética, Integridad y Uso de IA.
IV. Política de Acceso Abierto y Propiedad Intelectual.
V. Política de Sostenibilidad Institucional e Independencia Editorial.
VI. Aviso de Privacidad Integral.
VII. Términos y Condiciones Generales de Uso del Sitio Web.
VIII. Política de Cookies.
IX. Acuerdo de Publicación.
X. Catálogo de Servicios Editoriales.
XI. Tarifario vigente.
XII. Manuales, guías y formatos institucionales aplicables.
Cuando una materia se encuentre desarrollada con mayor especialidad en otro instrumento
institucional, se atenderá a dicho instrumento en lo especficamente regulado.
Artículo 37. Interpretación
La interpretación y aplicación de esta Política corresponderáá a la Dirección Editorial de Líder
Agropecuario, dentro del ámbito de sus atribuciones y de conformidad con los principios de:
- integridad;
- transparencia;
- buena fe;
- independencia editorial;
- proporcionalidad;
- acceso abierto;
- respeto a las personas autoras;
- protección de derechos;
- divulgación científica responsable.
Artículo 38. Desarrollo operativo
Los procedimientos técnicos para implementar esta Política podrán desarrollarse mediante:
- manuales;
- guías;
- formularios;
- formatos;
- instrucciones de OJS;
- listas de verificación;
- acuerdos de publicación;
- sistemas electrónicos;
- directrices y protocolos de trabajo.
Estáos instrumentos no deberán contradecir las disposiciones sustantivas establecidas en las
poléticas institucionales.
Artículo 39. Actualización
La presente Política podráá será revisada y actualizada cuando resulte necesario para:
I. Mejorar los procedimientos editoriales.
II. Incorporar nuevas tecnologas.
III. Adaptarse a cambios normativos.
IV. Atender la evolución de los estáándares internacionales de publicación y divulgación
científica.
V. Incorporar nuevos sistemas editoriales.
VI. Fortalecer los derechos de las personas autoras.
VII. Mejorar la transparencia y trazabilidad del proceso.
Las modificaciones serán aplicables a partir de su publicación, sin perjuicio del tratamiento
que corresponda a los procesos editoriales iniciados previamente.
Artículo 40. Vigencia
La presente Política para Autores de Líder Agropecuario entrará en vigor a partir de su
publicación en el sitio web oficial de la revista y permanecerá vigente hasta que sea
sustituida por una versión posterior aprobada institucionalmente.
ANEXO I
BANCOS, PLATAFORMAS Y REPOSITORIOS DE IMÁGENES
Para la producción editorial, Líder Agropecuario podráá utilizar recursos visuales provenientes,
entre otros, de los siguientes bancos, plataformas y repositorios:
1. Unsplash
2. Pexels
3. Pixabay
4. StockSnap
5. Wikimedia Commons
6. Openverse
7. Smithsonian Open Access
8. Library of Congress – Free to Use and Reuse
9. NASA Images and Media
10. USDA Agricultural Research Service – Image Gallery
11. U.S. National Archives and Records Administration – NARA
Las plataformas anteriores ofrecen contenidos gratuitos, abiertos, de dominio público o
sujetos a licencias que permiten determinados tipos de reutilización; sin embargo, las
condiciones no son idénticas entre plataformas ni necesariamente entre todos los
archivos de una misma plataforma. Unsplash, Pexels, Pixabay y StockSnap mantienen
actualmente esquemas de uso gratuito bajo sus respectivas condiciones. (Wikimedia
Commons y Openverse requieren revisar las condiciones especficas del recurso y su
atribución.
Smithsonian Open Access identifica sus recursos abiertos mediante CC0; la Library of
Congress mantiene colecciones especficas “Free to Use and Reuse”; y NASA, USDA ARS y
NARA mantienen recursos visuales públicos sujetos a sus respectivos lineamientos y
posibles derechos adicionales de terceros.
Por lo anterior, la inclusión de una plataforma en estáe Anexo no deberáá interpretarse como
autorización automáética para utilizar cualquier archivo alojado en ella.
Antes de incorporar un recurso, Líder Agropecuario deberáá procurar verificar, según
corresponda:
- procedencia;
- autora;
- licencia;
- atribución requerida;
- autorización de modificación;
- derechos de imagen;
- privacidad;
- marcas;
- derechos de terceros;
- restáricciones especficas de utilización.
La revista procurará conserávar evidencia razonable de la fuente y de las condiciones de
utilización vigentes al momento de obtener el recurso.
El listado tendráá carácter enunciativo y no limitativo, por lo que podrán utilizarse otros
bancos o repositorios siempre que se verifiquen previamente las condiciones jurídicas
aplicables.
DECLARACIÓN INSTITUCIONAL
Líder Agropecuario reconoce a las personas autoras como protagonistas de la
divulgación científica y promueve un modelo editorial basado en rigor, apertura,
responsabilidad, independencia, transparencia y respeto a la creación intelectual.
La revista procurará que la presentación de contenidos sea accesible y que los requisitos
editoriales se concentren en aquello que resulte necesario para garantizará calidad,
trazabilidad, integridad y correcta comunicación del conocimiento.
La evaluación de los manuscritos será independiente de cualquier aportación económica,
relación institucional o contratación de servicios.
La aceptación de un trabajo responderá exclusivamente a criterios editoriales y de calidad; la
producción y publicación posterior constituirán una etapa diferenciada que podráá implicar
costos profesionales y tecnológicos conforme a los instrumentos de sostenibilidad
establecidos por Líder Agropecuario.
La publicación de una obra representará una colaboración entre personas autoras,
especialistas, revisores, editores y profesionales de producción orientada a un objetivo
común: hacer que el conocimiento confiable llegue de manera clara, útil y abierta a la
sociedad.
Los contenidos normativos y editoriales de Líder Agropecuario se publican y comparten bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional (CC BY 4.0).